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Mostrando entradas de 2017

Guía para el cumplimiento de la Declaración Informativa Local de Partes Relacionadas (Local File)

¿Sabias qué? De conformidad con el articulo 76-A de la LISR, las empresas residentes en México que lleven a cabo operaciones con sus partes relacionadas residentes en el extranjero y que tuvieron en el ejercicio 2016 ingresos acumulables superiores a 709 millones de pesos, deberán enviar ante el SAT entre otras obligaciones, la Declaración Anual Informativa Local de Partes Relacionadas, conocida también como "Local File" (Archivo Local), a  más tardar el 31 de diciembre de 2017.  Como lo mencionamos en nuestro anterior artículo "  BEPS en México...¿Estas listo para cumplir?  ", la OCDE esta llevando a cabo planes de acción para para limitar y eliminar practicas anti abuso que empresas multinacionales llevan a cabo en todo el mundo, para el no pago o pago mínimo de sus impuestos. México al ser parte de esta Organización se obliga a implementar dichos planes en el país.  Dentro del marco legal en México, se encuentra la obligación de envi...

Obligaciones fiscales en materia de subcontratación laboral

¿Sabias qué? A partir de diciembre de 2017, aquellos contribuyentes (contratantes) que reciben servicios de subcontratación laboral (contratista), deberán contar con diversa información fiscal proporcionada por la contratista, asimismo esta ultima deberá informar al SAT sobre la cantidad de IVA que le traslado a cada uno de sus clientes, lo anterior por todo el año 2017. De acuerdo con una de las reformas fiscales del 2017, para estar en posibilidades de poder deducir fiscalmente y llevar a cabo el acréditamiento de IVA  de las erogaciones realizadas por concepto de subcontratación laboral, se contemplan diversos requisitos tanto para el contratante como para el contratista. Uno de los principales requisitos para poder llevar a cabo el acreditamiento de IVA por subcontratación laboral, es la de cumplir cabalmente con el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo, esto es: a) Que el servicio prestado por la contratista no debe abarcar la totalidad de las activida...

BEPS en México...¿Estas listo para cumplir?

¿Sabias qué? Erosión de la Base y Transferencia de Utilidades (BEPS por sus siglas en ingles), a groso modo es el nombre con que la OCDE designa a las estrategias, que empresas multinacionales llevan a cabo con sus empresas subsidiarias y afiliadas en todo el mundo, para el no pago o pago mínimo de impuestos, a través de diversos mecanismos, tales como: el traslado de las operaciones en países con poca o nula carga impositiva, la utilización de empresas intermediarias residentes en países con baja imposición o retenciones de impuestos mínimos de acuerdo con tratados internacionales, entre otros. En años recientes, los gobiernos de todo el mundo han visto reducido la recaudación de sus impuestos por las practicas agresivas que empresas multinacionales han llevado a cabo, asesorados por firmas internacionales para el no pago o pago mínimo del tributo, esto originó que el 5 de Octubre de 2015, la OCDE publicara 15 reportes finales que tienen como objetivo, desarrollar mecan...

Instancias para presentar aviso de cambio de denominación social

¿Sabias qué? Si una persona moral quiere llevar a cabo el cambio de su denominación o razón social, deberá cuidar los tiempos y las instancias para la presentación del aviso correspondiente. Existen diversas razones por las cuales una sociedad decide llevar a cabo el cambio de su denominación social; no obstante muchas veces se pasa por alto las instancias a las cuales hay que dar aviso de dicho cambio y que de no hacerlo pudieran originarse diversos males para la compañía, tales como el pago de multas, el no reconocimiento de las semanas cotizadas de los trabajadores de la empresa, suspensión de la certificación de IVA y IEPS en materia de comercio exterior, entre otros. Por lo anterior, es necesario dar a conocer de forma general la diversas dependencias en las cuales se debe presentar el aviso de este cambio, no sin antes comentar que primeramente deberá protocolizarse dicho cambio ante un fedatario publico. SAT Se deberá llevar a cabo el tramite ante las oficin...

Actualización a las preguntas frecuentes del SAT, CFDI V.3.3

¿Sabias qué? Con fecha 08 de Septiembre, el SAT llevo a cabo la actualización de las preguntas frecuentes relacionados con el CFDI V.3.3. El SAT adicionó la pregunta 29 y 30 de la sección de preguntas y respuestas relacionadas con el CFDI V.3.3, mismas que a continuación presentamos: Pregunta 29.  Si se emite un CFDI con la versión 3.2 durante el periodo del 1 de julio al 30 de noviembre de 2017, ¿se debe indicar la opción 99 "por definir"en el campo Método de Pago cuando no se haya realizado el pago al momento de emitir el CFDI? No. Seguirá aplicando la expresión NA o cualquier otra análoga en el campo Metodo de Pago para la versión 3.2 del CFDI; la opción 99 "Por definir" solo será aplicable a los CFDI emitidos con la versión 3.3. Pregunta 30.  ¿Podría el SAT imponer una sanción por considerar que la clave de producto y servicio que se registre en una factura es errónea? La identificación de la clave de producto y servicio corresponde al ...

Como obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de tu proveedor o cliente sin necesidad de pedirla.

                                                      ¿Sabias qué? Es posible consultar la constancia de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales (Formato 32-D)  de tu proveedor y/o cliente, sin necesidad de pedírselo. Existen diversos motivos por los que algún cliente y/o proveedor nos solicita o en su caso le solicitamos la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales (Formato 32-D), sin embargo existen tramites que nos obliga a pedirla o en su caso proporcionarla de manera mensual, un ejemplo de ello son las empresas con programa IMMEX y que a la vez están certificadas para el no pago de IVA y IEPS por las importaciones temporales que realicen, dentro de sus obligaciones esta la de obtener de manera mensual la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de sus clientes y proveedores vigilando que esta sea "POSITIV...

Cuando considerar a un extranjero que labora en el país, es residente en México para efectos fiscales

¿Sabias qué? Si una persona extranjera labora en México deberá pagar impuestos en territorio nacional de acuerdo a su residencia fiscal. En este mundo tan globalizado, muchas empresas tienen en sus instalaciones personas extranjeras laborando para estas compañías nacionales. Ahora bien, muchas veces hemos escuchado que si esta persona extranjera tiene más de 183 días laborando en territorio nacional en un plazo de un año, se convierte en residente nacional y por lo tanto no deberá cálcular y enterar su impuesto conforme al titulo V de la LISR, sino conforme al titulo IV de la Ley en comento, ¿esta aseveración será correcta?. De acuerdo con la LISR vigente, establece una mecánica diferente en la determinación del impuesto tratándose de personas físicas residentes en México o personas físicas residentes en el extranjero que trabajan en México. Para la determinación del ISR de personas físicas residentes en México, la mecánica del cálculo en el caso de un asalariado es a ...

SAT más abierto

¿Sabias qué? En la pagina de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) www.sat.gob.mx, existe una herramienta en la cual se puede consultar datos estadísticos relacionados con el padrón de contribuyentes activos, declaraciones presentadas, pagos de declaraciones, ingresos recaudados, avisos ante el RFC, devoluciones, sentencias, entre otros, asimismo se puede consultar el padrón de contribuyentes incumplidos. De conformidad con el artículo décimo noveno transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para 2017, con el propósito de coadyuvar a la transparencia y el análisis de la política fiscal, así como de facilitar el estudio de la distribución de ingresos entre la población y del efecto de la política tributaria sobre dicha distribución, en el ejercicio fiscal 2017 la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, a través del SAT deberá hacer pública información estadística anónima de las declaraciones de los contribuyentes personas físicas y morales. En nin...

Como debe ser el llenado de los pagos en parcialidades o diferido en el CFDI con complemento para recepción de pagos

¿Sabias qué? Durante el llenado del CFDI con complemento para recepción de pagos, también llamado "Recibo Electrónico de Pago" se deberá incorporar la información de las parcialidades y los saldos insolutos pendientes a la fecha de la emisión del comprobante fiscal. Como ya lo hemos comentado en artículos anteriores, cuando en una operación se venda un bien, se preste un servicio o se otorgue el uso o goce temporal de algún bien, y el pago por esta operación se lleve a cabo en parcialidades o a crédito (diferido), por cada pago que se realice, el beneficiario deberá expedir el "CFDI con complemento para recepción de pagos." Por lo tanto, con relación a los pagos en parcialidades, se deberá completar los campos "Número de Parcialidad", "Importe Saldo Anterior" "Importe Pagado" e "Importe Saldo Insoluto", de acuerdo a lo siguiente: Campo: Numero de Parcialidad Se deberá registrar el número de parcialidad qu...

Más cambios en los catálogos CFDI V.3.3.

¿Sabias qué? El pasado 10 de Agosto, el SAT público la actualización de dos de los catálogos para el CFDI V.3.3, los cuales corresponden a los catálogos de "Monedas" y de "Productos y Servicios". Ahora fue el turno para estos catálogos, que a continuación presentamos sus modificaciones: Catálogo de Monedas Antes de su modificación, este catalogo mostraba unos porcentajes de variación de acuerdo con la moneda a utilizar en el comprobante fiscal, estos porcentajes de variación debían utilizarse para saber los limites mínimos y máximos, por los cuales el tipo de cambio utilizado podría variar con relación a los tipos de cambio FIX publicados en el DOF, de salirse de este rango no podría llevarse a cabo el timbrado del CFDI a menos que se tuviera el numero de confirmación autorizado por el PAC o el SAT. Ahora bien, con la nueva modificación a este catalogo, el porcentaje de variación lo incrementaron al 500%, lo que conlleva que con esta amplitud de los lim...

Modificaciones a las guías de llenado del CFDI V.3.3

¿Sabias qué? El 07 de agosto el SAT llevo a cabo modificaciones a las guías de llenado del CFDI V.3.3 y del CFDI con complemento para recepción de pagos. A continuación mostramos las modificaciones: CFDI 3.3. Se incorporó información adicional en la Introducción Se precisa redacción del campo Confirmacion. Se precisó información en el campo TipoCambio y en el campo LugarExpedicion. Se precisó la descripción en el campo Total. Y campo Confirmacion. Se ajustó redacción en el campo FormaPago.Se adicionó en el campo TipoRelacion una última viñeta para precisar el tipo relación cuando la clave sea "07". Se adicionó un último párrafo en el campo UsoCFDI. Se agregaron dos párrafos al campo ClaveProdServ del Nodo Concepto y Nodo Parte para indicar que la clave del producto o servicio es responsabilidad del emisor del comprobante. Se actualizó el ejemplo del campo importe del Nodo: Concepto. Se elimina el segundo párrafo de la descripción de los campos TasaOCuota d...

Actualización de los catálogos para el CFDI V.3.3

¿Sabias qué? En días recientes, el SAT llevó a cabo la actualización de los catálogos que se utilizan para el llenado del CFDI V.3.3. La actualización de estos catálogos consiste en: 1. Catalogo Forma de pago: Se adiciona la clave "30 Aplicación de anticipos". 2. Catalogo de Unidades de Medida: Se adiciona 684 nuevas claves de unidades de medida, entre las que destaca la clave "XNA No disponible", que se usará en caso de no encontrar alguna relacionada con el producto o servicio que se estará facturando. 3. Catalogo Tipo de comprobante: Se eleva hasta el limite los topes máximos de facturación (999999999999999999.999999), para no solicitar la clave de autorización por facturaciones superiores a los montos señalados en el catalogo anterior, de acuerdo a lo siguiente: a) CFDI ingresos y egresos hasta 20 millones de pesos. b) CFDI Nomina hasta 400 mil y 2 millones de pesos. c) CFDI Pago hasta 20 millones de pesos. 4. Catalogo tipo de relación e...

La compensación de deudas y sus efectos fiscales

¿Sabias qué? La compensación de deudas, es una forma de pago u o cobro de las contraprestaciones, que por acuerdo de las partes involucradas deciden llevar a cabo el neteo de los saldos pendientes de cobro y/o pago por las operaciones llevadas a cabo entre ellas, con el fin de saldar deudas sin necesidad de existir flujos de efectivo. De conformidad con el Código Civil Federal, la compensación tiene lugar cuando dos personas (física o moral) reúnen la calidad de deudores y acreedores recíprocamente y por su propio derecho; si las dos deudas no fueren de igual cantidad, hecha la compensación, por la diferencia se podrá llevar a cabo las acciones pertinentes, que en su caso pudiera ser el pago o cobro de la misma. Para efectos fiscales, en materia de ISR en caso de que, quienes pretendan llevar a cabo la compensación sean personas morales, obligados a acumular sus ingresos, en cualquiera de los siguientes supuestos que continuación se enumeran, la compensación de deudas, práctic...

Campos que no deberán llenarse en el CFDI V.3.3 con complemento para recepción de pagos

¿Sabias qué? Durante el llenado del CFDI con complemento para recepción de pagos, existen campos que no deberán existir, no obstante de acuerdo con el programa de facturación que se valla a utilizar a partir del 01 de diciembre de 2017, para la expedición de estos comprobantes fiscales, alguno de estos programas pudiera tener habilitado todos los campos y por ende permitir erróneamente su llenado. Por lo anterior, de acuerdo con las guías de llenado que el SAT a puesto a disposición en su pagina de Internet www.sat.gob.mx, a continuación se menciona los campos que no deberán existir, o en su caso no deberán llenarse en el CFDI con complemento para recepción de pagos. - Campo Forma de Pago - Campo Método de Pago - Campo Condiciones de Pago - Campo Tipo de Cambio - Campo Unidad - Campo Descuento - Campo Numero de Identificación - Campo Impuestos Es importante mencionar, que el CFDI con complemento para recepción de pagos se compone por el CFDI V.3.3 y por el comp...

Solicita pagar en parcialidades tus créditos fiscales

¿Sabias qué? Si se tiene un crédito fiscal por pagar a hacienda, se puede llevar a cabo el pago en parcialidades de dicha deuda. Esta solicitud lo pueden hacer tanto las personas físicas como personas morales, a través del buzón tributario o bien mediante escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal, ante el SAT. Es importante comentar que, solo puede solicitarse la autorización para pago en parcialidades, en aquellas contribuciones que no debieron pagarse en el año en curso, dicho de otra manera, si nos encontramos en 2017, solo aplica para contribuciones que debieron pagarse en 2016 o anteriores a este, asimismo tampoco pueden entrar las contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas, las contribuciones y aprovechamientos causados por la importación y exportación de bienes o servicios. En la solicitud de pago en parcialidades, que se presente vía electrónica o presencial mediante escrito, se deberá manifestar lo siguiente: I. El número de adeud...

Beneficios de salud para el RIF en materia de seguridad social

¿Sabias qué? Los contribuyentes, dados de alta en el Régimen de Incorporación fiscal (RIF), tienes derecho a la salud, asistencia medica, quirúrgica, hospitalaria, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizado por el estado. De acuerdo con la Ley del Seguro Social, Los contribuyentes personas físicas que se encuentran en el Régimen de Incorporación Fiscal, tienen el derecho de contar con la seguridad social para el y sus beneficiarios, así como el otorgamiento de una pensión por parte del IMSS. Para la obtención del beneficio, los contribuyentes del RIF deberán solicitar ante el IMSS su incorporación voluntaria al régimen obligatorio y pagar sus cuotas correspondientes de forma bimestral o anual. Los ramos que cubre el aseguramiento en el régimen obligatorio son: I. Seguro de Riego de Trabajo. II. Seguro de Enfermedad y Maternidad. III. Seguro de Invalidez y vida. IV Seguro de Retiro, Cesanti...

Periodo de conservación de derechos para el otorgamiento de una pensión

¿Sabias qué? Si un trabajador es dado de baja, es decir ya no se encuentra cotizando ante el IMSS para el otorgamiento de una pensión, este extrabajador aun tiene un periodo de gracia para poder conservar el derecho a una pensión. De acuerdo con la Ley del IMSS, la persona que es desincorporada de algún trabajo remunerado, conservará el derecho a las pensiones de cesantia y vejez por un periodo igual a la cuarta parte de sus semanas cotizadas. De acuerdo con lo anterior, si una persona cuenta con 1200 semanas cotizadas, tendría un periodo de conservación de derechos de 5.77 años. Por lo tanto, si esta persona fue dado de baja o dejo de cotizar a la edad de 56 años, de acuerdo con las semanas cotizadas antes descritas, tendría derecho a pedir su pensión cuando cumpla 60 o 61 años, sin necesidad de haber trabajado y/o aportado a su pensión, ya que se encontraba en el periodo de conservación de derechos. El cálculo del plazo de conservación de derechos, se determina con forme a l...

Criterios para asignar las facturas cobradas en el CFDI con complemento para recepción de pagos

¿Sabias qué? Una de las obligaciones que tienen los contribuyentes al emitir un CFDI con complemento para recepción de pagos (Recibo de pagos), es la de incorporar en este, el o los folios fiscales de las facturas que fueron pagadas, pero ¿cuales facturas?. Para esto se debe atender a los criterios del SAT. Como ya lo hemos mencionado en diversas publicaciones, a partir del 01 de diciembre de 2017, todos los contribuyentes estarán obligados a expedir el CFDI con complemento para recepción de pagos, cuando se reciba el pago de alguna contraprestación, en aquellas operaciones a crédito o pago en parcialidades. Ahora bien, para el llenado de este nuevo CFDI, se deberá incorporar el o los folios de las facturas que se están cobrando, motivo por el cual originan la expedición del Recibo de Pagos, sin embargo, muchos contribuyentes se pueden encontrar con el problema de identificar que facturas se van a incorporar, ya que por diversos motivos, el control de los pagos recibidos, no s...

Como deducir un auto en el RIF

¿Sabias qué? Los contribuyentes que se encuentran en el régimen de incorporación fiscal (RIF), pueden hacer deducible la compra de un automóvil en el ejercicio en que suceda. De acuerdo a las disposiciones fiscales en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR), tanto las personas morales como físicas que no se encuentran en el RIF, solo tienen derecho a deducir una cuarta parte (25%) del valor del vehículo que adquieran en el ejercicio, las siguientes 3 cuartas partes, se deducirán en los ejercicios siguientes, hasta llegar a 4 años, asimismo para 2017 el monto máximo deducible es de 175,000 pesos. Ahora bien, las reglas antes descritas no aplican para los contribuyentes que se encuentran en el RIF, para ellos, el único requisito para poder hacer deducible la compra de un auto es la estricta indispensabilidad del bien para llevar a cabo la actividad del contribuyente y que, los pagos sean por un medio distinto al efectivo, como puede ser transferencia electrónica de fondos, cheq...

Vacaciones SAT

¿Sabias qué? Por segundo año consecutivo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se asigna un período vacacional de 12 días en verano, fechas que se consideran inhábiles para efectos fiscales. De acuerdo a lo dispuesto en el articulo 12, párrafos primero y segundo del Codigo Fiscal de la Federación, así como en la Regla Miscelánea 2.1.6., publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2016, es periodo general de vacaciones para el SAT del 17 al 28 de julio de 2017. En dichos periodos y días no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas del SAT, lo anterior sin perjuicio del personal que cubra guardias y que es necesario para la operación y continuidad en el ejercicio de las facultades de acuerdo a lo previsto en el artículo 18 de la Ley Aduanera en relación con el Anexo 4 de las Reglas Generales de Comercio Exterior. El horario de recepción de documentos en la ofic...

Eliminación de la expresión "N/A" en CFDI V.3.3.

¿Sabias qué? La nueva versión 3.3. del CFDI no contempla la posibilidad de incorporar a la factura "N/A" (u otra análoga) en los campos de forma de pago, régimen fiscal y domicilio. Hasta el 30 de noviembre de 2017 tienen los contribuyentes para emitir sus CFDI con la versión 3.2, en el cual aun podrán incorporar la expresión "N/A" en los campos forma de pago, régimen fiscal y domicilio. A partir del 01 de diciembre de 2017, fecha en el que empieza la vigencia de la nueva versión de CFDI 3.3, esta expresión se eliminará. En nuestro articulo anterior  N/A como método de pago en la factura  comentamos acerca de la importancia de incluir en el CFDI la expresión "N/A" en la forma de pago en aquellas operaciones donde, la operación no se liquida inmediatamente cuando se emite la factura, lo que comúnmente se denomina "operaciones a crédito", ya que de incluir una forma de pago distinta al "N/A", se entendería que, el comprobante ya ...

Si requieres cancelar una factura primero debes pedir permiso

¿Sabias qué? A partir del 01 de Enero de 2018, los contribuyentes que requieran cancelar alguna factura previamente expedida, deberán tener autorización por parte del receptor de dicho comprobante. Existen diversas razones del porque se necesite cancelar una factura emitida, ya sea que hubo errores en la captura del comprobante o que la operación ya no se llevo a cabo entre el comprador y el vendedor, no obstante también la autoridad se ha dado cuenta que muchos contribuyentes utilizan la cancelación del CFDI para la evasión de impuestos, lavado de dinero, entre otros. Ahora bien de acuerdo con lo planteado por la autoridad, a partir del 01 de enero de 2018 los contribuyentes personas físicas o morales, que requieran cancelar un CFDI ó factura, primeramente se enviará al receptor del comprobante una solicitud de cancelación a través del buzón tributario. El receptor del comprobante fiscal deberá manifestar su consentimiento de igual forma a través del buzón tributario, a más...

Antes de expedir CFDI V.3.3, se deberá saber su uso

¿Sabias qué? Dentro de otras obligaciones que contiene el nuevo CFDI V.3.3, esta la de incorporar el uso que le va a dar para efectos fiscales el receptor o adquirente del comprobante. Los contribuyentes que expidan CFDI con la nueva versión 3.3., antes de emitir dicho comprobante, deberán preguntar a su comprador, que uso le darán a esta factura de acuerdo con el "catalogo de comprobantes" emitido por el SAT e incorporar la clave de uso en la factura de referencia. Como ejemplo de lo anterior, tenemos que una persona física profesionista va a expedir un CFDI por la prestación de servicios a una persona moral, este profesionista deberá preguntar a la persona moral el uso que le va a dar para efectos fiscales a dicho comprobante, este uso puede ser desde "adquisición de mercancia (clave: G01)", "Gastos en general (clave: G03)" entre otros. A continuación ponemos a su disposición el catalogo de claves de uso de CFDI que se tiene a la fecha de hoy,...

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