¿Sabias qué?
Erosión de la Base y Transferencia de Utilidades (BEPS por sus siglas en ingles), a groso modo es el nombre con que la OCDE designa a las estrategias, que empresas multinacionales llevan a cabo con sus empresas subsidiarias y afiliadas en todo el mundo, para el no pago o pago mínimo de impuestos, a través de diversos mecanismos, tales como: el traslado de las operaciones en países con poca o nula carga impositiva, la utilización de empresas intermediarias residentes en países con baja imposición o retenciones de impuestos mínimos de acuerdo con tratados internacionales, entre otros.
En años recientes, los gobiernos de todo el mundo han visto reducido la recaudación de sus impuestos por las practicas agresivas que empresas multinacionales han llevado a cabo, asesorados por firmas internacionales para el no pago o pago mínimo del tributo, esto originó que el 5 de Octubre de 2015, la OCDE publicara 15 reportes finales que tienen como objetivo, desarrollar mecanismos que permitan monitorear la implementación de las propuestas BEPS en los diferentes países que lo integran, con el fin de conocer que sociedades, como y en que países se están llevando estas malas practicas, establecer un plan de acción y combatirlas.
Una de estas implementaciones que ha dado a conocer la OCDE, es la obligación que tienen las sociedades, de informar a sus gobiernos de cada país, por las operaciones llevadas a cabo con sus partes relacionadas en todo el mundo, esta información se le conoce como "Local File", "Master Local File" y "Country by Country". México al ser un país que forma parte del G20 de esta organización, también debe exigir a sus gobernados la entrega de esta declaración informativa.
Por lo anterior, de acuerdo con nuestra legislación fiscal, las personas físicas y morales que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero y tuvieron ingresos acumulables superiores a 709 millones de pesos durante el ejercicio inmediato anterior, así como a sociedades que se encuentren en el régimen fiscal para grupo de sociedades (consolidación fiscal), así como los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, deberán proporcionar a la autoridad fiscal a más tardar el 31 de diciembre, las declaraciones informativas anuales llamadas: "Declaración Informativa Local de Partes Relacionadas", "Declaración Informativa Maestra" y "Declaración Informativa País por País", mismas que facilitarán el análisis por parte de las autoridades fiscales de la estructura y participación de las empresas mexicanas en la cadena de valor de los grandes grupos de negocios a nivel mundial.
Para el caso de la Declaración Informativa País por País, esta solo aplica si la sociedad residente en México obtuvo en el ejercicio inmediato anterior, ingresos consolidados equivalentes o superiores a 12 mil millones de pesos o haya sido designado por la persona moral controladora del grupo empresarial multinacional residente en el extranjero como responsable de proporcionar esta declaración informativa.
¿Cuando cumplir?
Para el caso de México, las sociedades deberán cumplir con esta obligación a más tardar el 31 de diciembre de 2017 por la información del ejercicio 2016.
¿Que información se deberá proporcionar?
A groso modo, ya que la información es muy amplia, para el caso de la declaración informativa local y de la declaración informativa maestra, se deberá reportar la estructura organizacional, descripción de la actividades, de los intangibles y de las actividades financieras con partes relacionadas, actividades estrategicas y de negocio y de las operaciones con partes relacionadas, asimismo se deberá entregar la posición financiera y fiscal, entre otros.
Para el caso de la informativa País por país, se deberá entregar la información a nivel jurisdicción sobre la distribución de ingresos e impuestos pagados, listado de todas las sociedades a nivel mundial que formen parte del grupo, entre otros.
¿Donde cumplir?
Hasta Agosto de 2017 no se sabía donde y como cumplir con estas obligaciones, no obstante el pasado 22 de septiembre, mediante comunicado de la PRODECON, se da a conocer las guías de llenado, los medios de presentación y las preguntas frecuentes, asimismo se aclara que, la plataforma para el envío de esta información, se libere durante la ultima semana del mes de octubre y por lo tanto no se prevee una prorroga para el cumplimiento de dichas obligaciones formales.
Para encontrar estas guías da click aquí.
Si necesitas información adicional sobre este tema, con gusto te podemos ayudar.
C.P.yM.C. César Pedraza
Pedraza González Contadores
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