¿Sabias qué? Si un trabajador es dado de baja, es decir ya no se encuentra cotizando ante el IMSS para el otorgamiento de una pensión, este extrabajador aun tiene un periodo de gracia para poder conservar el derecho a una pensión. De acuerdo con la Ley del IMSS, la persona que es desincorporada de algún trabajo remunerado, conservará el derecho a las pensiones de cesantia y vejez por un periodo igual a la cuarta parte de sus semanas cotizadas. De acuerdo con lo anterior, si una persona cuenta con 1200 semanas cotizadas, tendría un periodo de conservación de derechos de 5.77 años. Por lo tanto, si esta persona fue dado de baja o dejo de cotizar a la edad de 56 años, de acuerdo con las semanas cotizadas antes descritas, tendría derecho a pedir su pensión cuando cumpla 60 o 61 años, sin necesidad de haber trabajado y/o aportado a su pensión, ya que se encontraba en el periodo de conservación de derechos. El cálculo del plazo de conservación de derechos, se determina con forme a l...
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