¿Sabias qué? Los contribuyentes, dados de alta en el Régimen de Incorporación fiscal (RIF), tienes derecho a la salud, asistencia medica, quirúrgica, hospitalaria, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizado por el estado. De acuerdo con la Ley del Seguro Social, Los contribuyentes personas físicas que se encuentran en el Régimen de Incorporación Fiscal, tienen el derecho de contar con la seguridad social para el y sus beneficiarios, así como el otorgamiento de una pensión por parte del IMSS. Para la obtención del beneficio, los contribuyentes del RIF deberán solicitar ante el IMSS su incorporación voluntaria al régimen obligatorio y pagar sus cuotas correspondientes de forma bimestral o anual. Los ramos que cubre el aseguramiento en el régimen obligatorio son: I. Seguro de Riego de Trabajo. II. Seguro de Enfermedad y Maternidad. III. Seguro de Invalidez y vida. IV Seguro de Retiro, Cesanti...
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