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Mostrando entradas de octubre 5, 2017

Obligaciones fiscales en materia de subcontratación laboral

¿Sabias qué? A partir de diciembre de 2017, aquellos contribuyentes (contratantes) que reciben servicios de subcontratación laboral (contratista), deberán contar con diversa información fiscal proporcionada por la contratista, asimismo esta ultima deberá informar al SAT sobre la cantidad de IVA que le traslado a cada uno de sus clientes, lo anterior por todo el año 2017. De acuerdo con una de las reformas fiscales del 2017, para estar en posibilidades de poder deducir fiscalmente y llevar a cabo el acréditamiento de IVA  de las erogaciones realizadas por concepto de subcontratación laboral, se contemplan diversos requisitos tanto para el contratante como para el contratista. Uno de los principales requisitos para poder llevar a cabo el acreditamiento de IVA por subcontratación laboral, es la de cumplir cabalmente con el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo, esto es: a) Que el servicio prestado por la contratista no debe abarcar la totalidad de las activida...