¿Sabias qué? Dentro de otras obligaciones que contiene el nuevo CFDI V.3.3, esta la de incorporar el uso que le va a dar para efectos fiscales el receptor o adquirente del comprobante. Los contribuyentes que expidan CFDI con la nueva versión 3.3., antes de emitir dicho comprobante, deberán preguntar a su comprador, que uso le darán a esta factura de acuerdo con el "catalogo de comprobantes" emitido por el SAT e incorporar la clave de uso en la factura de referencia. Como ejemplo de lo anterior, tenemos que una persona física profesionista va a expedir un CFDI por la prestación de servicios a una persona moral, este profesionista deberá preguntar a la persona moral el uso que le va a dar para efectos fiscales a dicho comprobante, este uso puede ser desde "adquisición de mercancia (clave: G01)", "Gastos en general (clave: G03)" entre otros. A continuación ponemos a su disposición el catalogo de claves de uso de CFDI que se tiene a la fecha de hoy,...
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