¿Sabias qué?
Una de las obligaciones que tienen los contribuyentes al emitir un CFDI con complemento para recepción de pagos (Recibo de pagos), es la de incorporar en este, el o los folios fiscales de las facturas que fueron pagadas, pero ¿cuales facturas?. Para esto se debe atender a los criterios del SAT.
Como ya lo hemos mencionado en diversas publicaciones, a partir del 01 de diciembre de 2017, todos los contribuyentes estarán obligados a expedir el CFDI con complemento para recepción de pagos, cuando se reciba el pago de alguna contraprestación, en aquellas operaciones a crédito o pago en parcialidades.
Ahora bien, para el llenado de este nuevo CFDI, se deberá incorporar el o los folios de las facturas que se están cobrando, motivo por el cual originan la expedición del Recibo de Pagos, sin embargo, muchos contribuyentes se pueden encontrar con el problema de identificar que facturas se van a incorporar, ya que por diversos motivos, el control de los pagos recibidos, no siempre se tienen al día.
Por lo anterior, para efectos de determinar el o los CFDI a los cuales se aplicará un pago recibido, el SAT nos da su criterio de asignación en el orden siguiente:
1. Si existe disposición jurídica expresa de orden publico que lo establezca, se estará a ella.
2. En caso de no existir disposición jurídica expresa, se estará al acuerdo expreso establecido al efecto por las partes.
3. De no existir acuerdo expreso entre las partes, el pagador podrá indicar al receptor del pago, el o los CFDI a los qué aplicará dicho pago y el monto que corresponde a cada comprobante, contando para ello con 5 días naturales inmediatos siguientes a aquel en el que se realizó el pago.
4. En caso de que el pagador no indique al receptor del pago de el o los CFDI a los que se aplicará el mismo, el receptor del pago lo aplicará al o los CFDI pendientes de pago más antiguos.
Recomendamos a tos los contribuyentes a tener un control de sus cobros recibidos, con el fin de que puedan cumplir con esta obligación de expedir el nuevo CFDI con complemento para recepción de pagos.
Si necesitas información adicional sobre este tema, con gusto te podemos ayudar.
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C.P.yM.C. César Pedraza
Pedraza González Contadores
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