Si expides una factura (CFDI) y esta no va a ser pagada en el momento de su emisión, deberás colocar como método de pago "N/A" o cualquier otra similar a esta.
De acuerdo con la autoridad, el CFDI deberá contener la forma en que fue pagada la operación, por lo tanto, si un contribuyente expide un CFDI y este no es pagado en el momento de la entrega de la factura, así sea que el pago se lleve a cabo al día siguiente o tenga estipulado días de crédito para el pago correspondiente, deberá expedirse con el método de pago: "N/A" o alguna similar a este (ejemplo: "No aplica", "NA").
Por lo tanto, si un contribuyente expide un CFDI con algún método estipulado en el catalogo de "Métodos de Pago" (Ejemplo: "01 Efectivo", "02 Cheque", "03 Transferencia electrónica de fondos", etc.) quiere decir que este comprobante se pagó en el momento de expedición de la factura o antes de su emisión, detonándose con esto, los impuestos obligados a declarar y a pagar, como es el caso del IVA e IEPS.
Es importante, que los contribuyentes tengan muy en cuenta esto, ya que podrían estar generando incorrectamente sus facturas, obligándose injustamente a pagar en su caso el IVA e IEPS.
Por otra parte, pensando en la simetría fiscal, los contribuyentes que reciban un CFDI con algún método de pago estipulado conforme al catalogo de "Métodos de Pago", podrán considerar como acreditable el IVA e IEPS, aún cuando la operación ne este pagada.
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