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Mostrando entradas de septiembre, 2017

BEPS en México...¿Estas listo para cumplir?

¿Sabias qué? Erosión de la Base y Transferencia de Utilidades (BEPS por sus siglas en ingles), a groso modo es el nombre con que la OCDE designa a las estrategias, que empresas multinacionales llevan a cabo con sus empresas subsidiarias y afiliadas en todo el mundo, para el no pago o pago mínimo de impuestos, a través de diversos mecanismos, tales como: el traslado de las operaciones en países con poca o nula carga impositiva, la utilización de empresas intermediarias residentes en países con baja imposición o retenciones de impuestos mínimos de acuerdo con tratados internacionales, entre otros. En años recientes, los gobiernos de todo el mundo han visto reducido la recaudación de sus impuestos por las practicas agresivas que empresas multinacionales han llevado a cabo, asesorados por firmas internacionales para el no pago o pago mínimo del tributo, esto originó que el 5 de Octubre de 2015, la OCDE publicara 15 reportes finales que tienen como objetivo, desarrollar mecan...

Instancias para presentar aviso de cambio de denominación social

¿Sabias qué? Si una persona moral quiere llevar a cabo el cambio de su denominación o razón social, deberá cuidar los tiempos y las instancias para la presentación del aviso correspondiente. Existen diversas razones por las cuales una sociedad decide llevar a cabo el cambio de su denominación social; no obstante muchas veces se pasa por alto las instancias a las cuales hay que dar aviso de dicho cambio y que de no hacerlo pudieran originarse diversos males para la compañía, tales como el pago de multas, el no reconocimiento de las semanas cotizadas de los trabajadores de la empresa, suspensión de la certificación de IVA y IEPS en materia de comercio exterior, entre otros. Por lo anterior, es necesario dar a conocer de forma general la diversas dependencias en las cuales se debe presentar el aviso de este cambio, no sin antes comentar que primeramente deberá protocolizarse dicho cambio ante un fedatario publico. SAT Se deberá llevar a cabo el tramite ante las oficin...

Actualización a las preguntas frecuentes del SAT, CFDI V.3.3

¿Sabias qué? Con fecha 08 de Septiembre, el SAT llevo a cabo la actualización de las preguntas frecuentes relacionados con el CFDI V.3.3. El SAT adicionó la pregunta 29 y 30 de la sección de preguntas y respuestas relacionadas con el CFDI V.3.3, mismas que a continuación presentamos: Pregunta 29.  Si se emite un CFDI con la versión 3.2 durante el periodo del 1 de julio al 30 de noviembre de 2017, ¿se debe indicar la opción 99 "por definir"en el campo Método de Pago cuando no se haya realizado el pago al momento de emitir el CFDI? No. Seguirá aplicando la expresión NA o cualquier otra análoga en el campo Metodo de Pago para la versión 3.2 del CFDI; la opción 99 "Por definir" solo será aplicable a los CFDI emitidos con la versión 3.3. Pregunta 30.  ¿Podría el SAT imponer una sanción por considerar que la clave de producto y servicio que se registre en una factura es errónea? La identificación de la clave de producto y servicio corresponde al ...

Como obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de tu proveedor o cliente sin necesidad de pedirla.

                                                      ¿Sabias qué? Es posible consultar la constancia de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales (Formato 32-D)  de tu proveedor y/o cliente, sin necesidad de pedírselo. Existen diversos motivos por los que algún cliente y/o proveedor nos solicita o en su caso le solicitamos la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales (Formato 32-D), sin embargo existen tramites que nos obliga a pedirla o en su caso proporcionarla de manera mensual, un ejemplo de ello son las empresas con programa IMMEX y que a la vez están certificadas para el no pago de IVA y IEPS por las importaciones temporales que realicen, dentro de sus obligaciones esta la de obtener de manera mensual la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de sus clientes y proveedores vigilando que esta sea "POSITIV...

Cuando considerar a un extranjero que labora en el país, es residente en México para efectos fiscales

¿Sabias qué? Si una persona extranjera labora en México deberá pagar impuestos en territorio nacional de acuerdo a su residencia fiscal. En este mundo tan globalizado, muchas empresas tienen en sus instalaciones personas extranjeras laborando para estas compañías nacionales. Ahora bien, muchas veces hemos escuchado que si esta persona extranjera tiene más de 183 días laborando en territorio nacional en un plazo de un año, se convierte en residente nacional y por lo tanto no deberá cálcular y enterar su impuesto conforme al titulo V de la LISR, sino conforme al titulo IV de la Ley en comento, ¿esta aseveración será correcta?. De acuerdo con la LISR vigente, establece una mecánica diferente en la determinación del impuesto tratándose de personas físicas residentes en México o personas físicas residentes en el extranjero que trabajan en México. Para la determinación del ISR de personas físicas residentes en México, la mecánica del cálculo en el caso de un asalariado es a ...